Términos y Condiciones
Políticas de seguridad de la información y protección de datos personales
Bajo la constitución del año 1991, procede a catalogar dentro del grupo de Derechos Fundamentales, en el artículo 15 de la carta magna, la facultad que le asiste a los ciudadanos de conocer, actualizar y rectificar la información que haya sido recogida sobre ellos en base de datos o archivos.
Sobre su importancia y/o trascendencia dentro del ordenamiento jurídico, la Honorable Corte Constitucional, ha dispuesto lo siguiente:
“(…) El reconocimiento del derecho fundamental autónomo al habeas data, busca la protección de los datos personales en un universo globalizado en el que el poder informático es creciente.
Esta protección responde a la importancia que tales datos revisten para la garantía de otros derechos como la intimidad, el buen nombre, el libre desarrollo de la personalidad, entre otros.
Sin embargo, el que exista una estrecha relación con tales derechos, no significa que no sea un derecho diferente, en tanto conlleva una serie de garantías diferenciables, cuya protección es directamente reclamable por medio de la acción de tutela, sin prejuicio del principio de subsidiariedad que rige la procedencia de la acción. (…)”1
Ahora bien, la regulación normativa de reseñado precepto constitucional, se encuentra en la Ley 1581 de 2012 “por medio del cual se dictan disposiciones generales para la protección de Datos Personales”, teniendo como ámbito de aplicación aquellos datos personales registrados en cualquier Base de Datos que los haga susceptibles de tratamiento, por parte de entidades públicas o privadas.
Así las cosas, en observancia del objeto social de Hermod SAS, y su naturaleza jurídica, se procede de manera voluntaria y en concordancia con lo establecido en la Circular Externa N° 002 de 2015 expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio, a publicar el Manual de Políticas de Protección de Datos Personales, en el cual se establecerán los lineamientos aplicados por parte de Hermod SAS, para salvaguardar la información que reposa en nuestra Base de Datos, y de esta manera blindar y garantizar el efectivo cumplimiento de los Derechos Fundamentales que le asisten a nuestros, proveedores, compradores y empleados.
Lo anterior, lógicamente, con la firme intención de garantizar la confianza, seguridad y calidad en el uso y/o manejo de la información que se encuentre bajo la custodia de Hermod SAS. Por consiguiente, toda la información que se recibe, registra, conserva, modifica, reporta, consulta, entrega y/o comparte la entidad, se ejecuta en atención a la autorización suministrada por nuestros clientes y/o proveedores y sujeta a los procedimientos, derechos, deberes relacionados a continuación.
1 CORTE CONSTITUCIONAL COLOMBIANA. Sentencia T-176ª/2014.
Magistrado Ponente: Dr. JORGE IGNACIO PRETELT CHALJUB.